SRCDMX ordena a TEEP emitir nueva resolución relativa al proceso electivo de la Junta Auxiliar de Santa Cruz Huitziltepec

SRCDMX ordena a TEEP emitir nueva resolución relativa al proceso electivo de la Junta Auxiliar de Santa Cruz Huitziltepec

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que, entre otros, confirmó la emisión de la Convocatoria, los resultados de la jornada plebiscitaria y la declaración de validez de la elección de la Junta Auxiliar de Santa Cruz Huitziltepec, municipio de Molcaxac.

Al dictar sentencia del juicio SCM-JDC-54/2022, el Pleno determinó que el Tribunal local dejó de aplicar una perspectiva intercultural pues, de inicio, no contó con los elementos para establecer si existía o no el sistema normativo interno de la comunidad respecto a la elección de las personas integrantes de la Junta Auxiliar.

Asimismo, se advirtió que el TEEP incorrectamente desestimó los agravios respecto a que la convocatoria no fue publicada adecuadamente -por cuanto a los medios y su traducción a la lengua náhuatl-, y dejó de atender las alegaciones sobre el derecho a la consulta previa respecto al método electivo para designar a la Junta Auxiliar, impactando en el derecho a la autodeterminación de la comunidad y en los resultados del ejercicio plebiscitario.

En consecuencia, se revocó la resolución impugnada para que el Tribunal local emita una nueva tras allegarse de los elementos que le permitan analizar la controversia que le fue planteada sobre los resultados y validez del proceso electivo de acuerdo con los parámetros delineados en la resolución.

Se ordena a TEEM emitir nueva resolución relacionada con VPMG hacia la entonces candidata de MORENA a la presidencia municipal de Xochitepec

La Sala Regional, por unanimidad, revocó parcialmente la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) que determinó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMG) hacia la entonces candidata de MORENA a la presidencia municipal de Xochitepec.

Al resolver el juicio SCM-JDC-2033/2021, el Pleno señaló que el Tribunal local realizó un estudio en conjunto de la publicación de un “meme” con la frase “Déjala ya está muerta” por parte del actor en Facebook y de las denuncias presentadas por la entonces candidata; concluyendo que dichas expresiones afectaron sus derechos político-electorales, al renunciar al cargo de elección popular para el que estuvo contendiendo.

Por otra parte, se consideró que fue correcta la conclusión del Tribunal local al sancionar la infracción con una amonestación pública; no obstante, respecto a la temporalidad en el Registro nacional de personas sancionadas en materia de VPMG, se concluyó que contrario a lo referido por el Tribunal local, sí es la autoridad idónea para precisarla.

Por tanto, se revocó parcialmente la resolución impugnada para se emita una nueva en la que se precise la temporalidad que el actor debe permanecer en el Registro referido.

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