Va CNDH a Corte contra dos leyes aprobadas por Congreso de Hidalgo

Va CNDH a Corte contra dos leyes aprobadas por Congreso de Hidalgo

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió las acciones de inconstitucionalidad 126/2021 y 137/2021 contra dos leyes de Hidalgo que impiden convertirse en funcionarios públicos a quien sea deudora o deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien, tramite el descuento correspondiente.

La legislatura pasada aprobó y publicó en el Periódico Oficial reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública para que acaten la disposición los interesados en encabezar alguna de las dependencias del Poder Ejecutivo local, menciona el decreto 724 del 16 de agosto de 2021.

También modificó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para que cumpla este requisito quien desee ser comisionado del Instituto de Transparencia de Hidalgo (Itaih), según el decreto 718 del 28 de julio de este año.

Sin embargo, el organismo autónomo consideró que las normas excluyen injustificadamente a todas las personas que se encuentren en ese supuesto, aun cuando no exista relación entre la situación y el adecuado desempeño de sus funciones en los cargos públicos.

Sostuvo que se trasgrede el derecho a la igualdad y no discriminación, acceso a un cargo público y a la libertad de trabajo, por lo que presentó las demandas de inconstitucionalidad los días 17 de septiembre y 24 de agosto.

 

La norma califica ipso facto a las personas que incumplen con su obligación alimentaria como personas sin probidad, honestidad y en consecuencia, sin profesionalismo; generando un espectro estigmatizante que entraña cierta reprobación moral".

 

Señala que la CNDH no se posiciona contra el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, pero éstas deben exigirse y sancionarse por las vías que la reglamentan, como la materia familiar o penal, pero no con la restricción de derechos.
 

La medida sólo pudiera resultar válida y congruente si se refiriera a una persona condenada previamente con una sentencia por la comisión del delito de incumplimiento de obligaciones alimentarios, pero no es el caso.

Comentarios