Transporte de maestros en Tlaxcala cuestan 15.5 millones entre el nepotismo y la corrupción
Por: Alex Gómez
Este jueves 20 de enero de 2022, alrededor de las 13:20 horas, volcó la unidad de la Ruta 33, con placas de circulación 335RL1 y en la que viajaban nueve personas, ocho trabajadores de la educación y el chofer.
El autobús perteneciente a la empresa Autotransportes Turísticos Alejandra, que transportaba maestros, circulaba sobre una carretera que conecta al municipio de Emiliano Zapata con Lázaro Cárdenas, en la curva denominada “El Diablo”, dejando como saldo 7 heridos y un fallecido.
Independientemente de las causas, la empresa denominada Transportadora Turística Alejandra, con domicilio en calle Emiliano Zapata Norte 9, Centro, Segunda Sección, 90740. Zacatelco, Tlax. tiene concesionado desde el primer día de la administración de la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros
Según las propias palabras del titular de la SEP Tlaxcala, Homero Meneses Hernández, pronunciadas hoy viernes 21 de enero de 2022 en conferencia de prensa, dijo que, 35 autobuses, de hecho, pasó de 22 a 35 unidades, por las que se les paga 15 millones 514 mil pesos.
Ahora bien, de acuerdo a investigación de este periodista, la empresa denominada Autotransportes Turísticos Alejandra, es propiedad Rubén Domínguez Medel, director de Transportes de la recién creada Secretaría de Movilidad y Transportes del Gobierno del Estado de Tlaxcala, antes conocida como Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado, lo cual representa en sí, un conflicto de interés, puesto que no se puede trabajar para el Estado y ser proveedor del mismo.
Esto coloca en una difícil situación que evidentemente conoce la gobernadora Lorena Cuellar, puesto que todos los cargos directivos pasaron por su escritorio y para nadie es secreto que Domínguez Medel patrocinó con sus recursos la campaña de la hoy gobernadora.
A lo anterior, además de nepotismo y corrupción de los más altos niveles de la administración del gobierno estatal, habría que señalar que los servidores públicos estarían faltando a lo establecido en las leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y de la de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Tlaxcala.
En la primera se establece en su Artículo 22.- Es causa de responsabilidad administrativa, el incumplimiento de las obligaciones siguientes:
Fracción III.- Excusarse de intervenir en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga un interés personal, familiar o de negocios.
IV.- Abstenerse de cualquier acto que contravenga las disposiciones normativas relacionadas con el servicio público.
V.- Reparar los daños que cause.
Derivado del artículo anterior, el subsecuente establece que entre las amonestaciones a las que podría ser acreedor el servidor público es la destitución del puesto, además de que las sanciones estarían sujetas hasta la destitución del puesto.
Por cuanto hace a la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Tlaxcala, podría haber también un daño del dipo que establece el Artículo 2. En sus fracciones IV y V que a la letra dicen:
IV. Daño emergente: Es la pérdida o menoscabo en los bienes o derechos de los particulares, como consecuencia de la actividad administrativa irregular de los Entes Públicos;
V. Daño patrimonial: Son los daños que se generan a los bienes o derechos de los particulares como consecuencia de la actividad administrativa irregular y que se traduce (sic) daño emergente, lucro cesante, daño personal y daño moral.
Tratamos de obtener datos sobre el contrato que tiene Autotransportes Turísticos Alejandra y al Secretaría de Educación Pública del Estado; sin embargo, la página de transparencia no ha sido actualizada de manera en la que se establecen los ordenamientos legales y la opacidad predomina.
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