Marvin Mora incurre en la ilegalidad por utilizar templo católico en campaña anticipada

Marvin Mora incurre en la ilegalidad por utilizar templo católico en campaña anticipada

Por María Luisa Moreno

 

La participación de Marvin Mora candidato de Morena quien contendría por el municipio de Tlaxcala se vio cesada por usar monumentos religiosos para auto promocionarse, además, de infringir en los tiempos electorales. Lo anterior fue derivado de una exhortación por el Partido Encuentro Solidario ante el ITE.

Alejandro Martínez López fue quien presento la petición en las instancias correspondientes para proceder en contra del candidato Mora Olvera.

Dentro del manifiesto presentado ante el ITE, el dirigente político solicitó “se retire de con efecto inmediato la propaganda con base en los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos; 227 numeral 3 Y 247 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 125 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala; 52 fracción XVIIII de la Ley de Partidos del Estado de Tlaxcala y 55 numeral II del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones”.

Martínez añadió al escrito que “se observa la autopromoción de la imagen pública y nombre del aspirante a la Presidencia Municipal de Tlaxcala por el Partido Morena, con el slogan , usando la imagen de fondo la basílica de la virgen de Ocotlán en cuyas torres están rematadas con las cruces, símbolos emblemáticos de la religión católica y que impactan a la observación”.

La denuncia detalló que tanto Marvin Mora Olvera y MORENA, trasgreden lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.

“De esta forma se vulnera lo establecido en el artículo 130. El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley”.

También se ve agredido el artículo 227 de la ley General de Instituciones y Procedimientos electorales, ya que en el artículo 227, “…hace referencia al acto anticipado de precampaña electoral, suceso que los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular deben estar estrictamente registrados por cada partido”.

Señaló Alejandro Martínez “no se cumple lo establecido en el artículo 52 fracción XVIII de la Ley de Partidos Políticos para el Estado de Tlaxcala”, ya que son obligaciones de los partidos políticos; “abstenerse de utilizar símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso en su propaganda”.

En resultante; “si la utilización de elementos religiosos y la implementación de propaganda o actos de proselitismo con fundamentación religiosa en una campaña electoral, conlleva legalmente a la nulidad de las elecciones, en este caso es dable atender que el denunciado le sea negado o retirado su registro a la precandidatura que solicita y a la postre no sea posible su participación en el proceso electoral vigente”.

Para completar, se añade una denuncia, realizada en días pasados el mismo dirigente partidista en contra de Marina Aguilar quien busca ser candidata del PAN para la Presidencia Municipal de Apizaco y también se promueve con símbolos religiosos.

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