Reparto de utilidades
Durante el mes de mayo los patrones personas morales realizaron la entrega del reparto de utilidades a los trabajadores; por las que corresponden a las utilidades generadas durante el ejercicio fiscal de 2023. Ahora durante el mes de junio, es el turno de entregarlas por parte de los patrones personas físicas.
La Ley Federal del Trabajo establece como un derecho de los trabajadores recibir una parte proporcional de las utilidades de las empresas para las que trabajan; es por esto, que los patrones tienen la obligación de distribuir una parte de las utilidades cada año entre los trabajadores que estuvieron activos durante ese mismo periodo.
Este monto de utilidades que serán repartidas entre los trabajadores corresponden al 10% de la utilidad que para efectos fiscales genero el patrón, la cantidad así determinada se informa en la declaración anual de ISR que se presenta durante los meses de marzo y abril, por lo tanto, es una obligación del patrón proporcionar copia de la declaración anual a la comisión formada por los trabajadores para que estén en condiciones de revisar el calculo de utilidades que de manera general será entregado a los trabajadores.
Como mexicanos debemos contemplar tres puntos de importancia para conocer con mayor certeza el tema:
- Utilidad del patrón: Para que exista PTU a distribuir, el patrón en su declaración anual tiene que reportar una utilidad para efectos fiscales que implica pago de ISR. El 10% de la utilidad declarada será la parte de la utilidad que se repartirá entre todos los trabajadores.
- Ingreso del trabajador: Las utilidades que reciba cada trabajador, serán consideradas un ingreso sujeto a retención de ISR en el periodo en que se paguen, mismo que será timbrado por medio de un CFDI de nómina. El monto de la utilidad que cada trabajador recibe se determina de manera proporcional de acuerdo a su salario devengado y respecto a los días trabajados.
- El beneficio para el patrón: Se genera el derecho de disminuir del ISR que tenga que pagar; es decir, este pago de utilidades, en cuanto queden pagadas y timbradas, para el patrón genera el derecho de disminuir dichas cantidades de la base para el pago provisional de ISR durante el ejercicio fiscal a partir del mes en que fueron efectivamente pagadas.
Definitivamente el reparto de utilidades es un tema importante y con diversos puntos a considerar. Es una prestación a la que tienen derecho todos los trabajadores, en algunos casos, puede generar controversia cuando las empresas familiares o las pequeñas empresas tienen trabajadores a su servicio bajo un esquema de informalidad laboral, donde desafortunadamente no se garantizan las prestaciones mínimas de ley y el acceso a la seguridad social.
El patrón debe cuidar que cuenta con elementos y pruebas documentales para poder demostrar que cumple con dichas obligaciones laborales, considerando que el tema contable, fiscal y laboral actualmente no deben atenderse de manera aislada, pues todo patrón debe tener los expedientes laborarles de los trabajadores y cumplir con sus obligaciones de tercero responsable de retener el ISR y garantizar el acceso a la seguridad social como protección por los riesgos de trabajo.
Por último. Patrones tengamos presente que las autoridades administrativas involucradas en el tema, cuentan con convenios de colaboración firmados para el intercambio de información referente al tema, con el objeto de validar que el patrón cumple con todas sus obligaciones.
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