¿Sociedades de convivencia o matrimonio? Otra torpeza más del Congreso de Tlaxcala

¿Sociedades de convivencia o matrimonio? Otra torpeza más del Congreso de Tlaxcala

Por: Alex Gómez

Recuerdo sostener una entrevista con la entonces diputada Eréndira Jiménez Montiel, que se desempeñó en el cargo de 2013 a 2016, en la que me explicaba la diferencia entre matrimonio y sociedad de convivencia.

En aquella entrevista, me decía que la legalización de las sociedades de convivencia era una forma de dar seguridad jurídica a esas personas que establecían relaciones de pareja de manera permanente pero que no cabían en el cuadro de matrimonio.

Vayamos por partes para entender mejor:

Etimología de Matrimonio 

Proviene de la voz del latín matrimonium, asociado a los vocablos mater, que remite a madre, y monium, en alusión a un acto formal o ritual. En consecuencia, en su origen esta palabra designaba el reconocimiento social de una mujer casada, ya que a través del matrimonio la mujer adquiría el estatus oficial y reconocimiento para ser la madre de los descendientes de un hombre. Apreciar que en la civilización romana el vínculo legítimo de una pareja se contemplaba como connubium.

Jurídicamente y en el ordenamiento civil en México, de acuerdo al diccionario jurídico, matrimonio se define como la unión voluntaria libre de vicios de un hombre y una mujer para realizar la comunidad de vida, en la que ambos se procuran respeto, igualdad, asistencia y ayuda mutua; pudiendo o no procrear hijos de manera libre e informada sobre la base de la paternidad y maternidad responsables.

Para que éste tenga el reconocimiento y efectos legales, se requiere que se celebre ante la autoridad administrativa correspondiente, que es el juez del registro civil, y que se cumpla con las formalidades establecidas en la ley. 

Los fines del matrimonio, de conformidad a este concepto, son: 

1) Estabilizar las relaciones sexuales. 
2) Crear una familia y libre procreación. 
3) Generar en ella condiciones de óptimo desarrollo e igualdad. 
4) Cohabitación y fidelidad. 
5) La ayuda mutua. 
6) La generación de deberes, derechos y obligaciones.

En ninguna parte, encontré que el matrimonio podría ser igualitario, entre una pareja del mismo sexo pues. De hecho uno de los fines prioritarios del matrimonio (para poder llamarlo así) es la creación de una familia y libre procreación, además de mantener una cohabitación y fidelidad.

Las sociedades de convivencia, como bien lo exponía la ex diputada perredista, hoy ya no sé si morenista o que, pero bueno, ese ya es otro tema, tenían como fin, —como lo expuse al inicio de este texto—, brindar seguridad jurídica a esas parejas que no cabían en la definición jurídica de matrimonio, y en ella, se encontraban las parejas del mismo sexo, transexuales, gays, lesbianas, pansexuales, concubinas, unión libre y demás variaciones, que fueran imposibilitadas para denominarse como matrimonio.

Estimado lector, antes de que se ofenda con mi texto, no pretendo imponer mi juicio o prejuicio sobre la unión legal de personas del mismo sexo, sino que estoy en desacuerdo que se use la palabra matrimonio, porque parece que los diputados locales no saben de etimologías ni mucho menos de leyes, sólo saben de medidas populistas porque sueñan con la reelección o su candidatura de Morena por algún ayuntamiento.

Bien, aclarado ese punto, prosigamos.

Este 8 de diciembre, la reforma que sufre el código civil de Tlaxcala en el que el congreso del estado deforma y retuerce los artículos 39 primer párrafo, 41 primer y tercer párrafo y 46, garantizan en efecto respeto a los derechos humanos de las personas que determinen unirse en matrimonio, pero pisotean la institución denominada familia y que es la que constituye el núcleo de toda sociedad.

Ustedes perdonarán, pero no es apto que esas uniones entre iguales del mismo sexo, tengan atributos legales para adoptar menores de edad, de hecho no garantiza el sano desarrollo sociales de un menor y generaría confusión profunda sobre su identidad sexual que degeneraría socialmente nuestra sociedad aún más.

De manera mañosa, el congreso del estado de Tlaxcala elimina la parte que dice “la unión voluntaria libre de vicios de un hombre y una mujer” señala en su apartado número 42 que “el matrimonio es la unión de dos personas con su pleno consentimiento, que tiene como objeto realizar la comunidad de vida, en donde ambas se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua”.

En la Biblia hay 54 Versículos de la Biblia sobre El matrimonio y en ninguno de ellos se habla de la unión de dos del mismo sexo.

Conclusión.

Para ser matrimonio se necesita:

- Reconocer el valor de la mujer en la relación del hombre porque en ella recae la importancia de tener hijos en la pareja, de acuerdo a la etimología de la palabra matrimonio.

 - Es obligatoria la unión entre hombre y una mujer para denominarse matrimonio de manera legal (Lo que hicieron los diputados locales es anti natura).

- Para que un matrimonio pueda ser matrimonio, también requiere de tener las posibilidades para crear una familia y libre procreación (Entre dos del mismo sexo es imposible).

- En la unión entre dos del mismo sexo, para tener un hijo requerirían de un tercero, lo cual violaría los principios de cohabitación y fidelidad que se requiere en un matrimonio.

- Finalmente, deberían haberse establecido los candados para imposibilitar la adopción a esos mal llamados “matrimonios igualitarios”, toda vez que vuelven a violar otro principio fundamental como núcleo familiar, porque no generarían en ella condiciones de óptimo desarrollo e igualdad para los menores de edad que sean descendientes de alguno de ellos o bien por la vía de la adopción.

 

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