Aprueba Congreso de Tlaxcala 35 cuentas públicas municipales de 2020

Aprueba Congreso de Tlaxcala 35 cuentas públicas municipales de 2020

El Pleno del Congreso del Estado de Tlaxcala avaló en sesión extraordinaria celebrada este martes, los primeros 35 dictámenes de cuentas públicas municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2020.

 

Se trata de las cuentas públicas de los municipios de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Nanacamilpa de Mariano Arista, Chiautempan, Cuapiaxtla, Amaxac de Guerrero, Ixtenco, Nativitas, Atlangatepec, Tepeyanco, San Jerónimo Zacualpan, Santa Ana Nopalucan y Atltzayanca.

 

También fueron sometidos a consideración del pleno y aprobadas las cuentas públicas de los municipios de Benito Juárez, Sanctórum de Lázaro Cárdenas, Tetlatlahuaca, Hueyotlipan, Mazatecochco de José María Morelos, San Lucas Tecopilco, Santa Isabel Xiloxoxtla, Terrenate, Yauhquemehcan, Xaloztoc, Emiliano Zapata y San Damián Texoloc.

 

A la lista de aprobados se sumaron los estados financieros de los municipios de Tepetitla de Lardizábal, Tocatlán, Tenancingo, Cuaxomulco, Huamantla, Ixtacuixtla, Lázaro Cárdenas, Papalotla de Xicohténcatl, Tetla de la Solidaridad, Xicohtzinco y Españita.

 

A pesar de la aprobación de las cuentas públicas antes mencionadas, los Legisladores locales instruyeron al Órgano de Fiscalización Superior a dar seguimiento a las observaciones pendientes de solventar, por lo que el dictamen no modifica, solventa, limita o implica nulidad de dichas observaciones.

 

En ese sentido, el Congreso del Estado determinó que el ente fiscalizable está obligado a sujetarse a los procedimientos de responsabilidad administrativa y/o penales o cualquier otro que legalmente resulte procedente.

 

De la misma manera, el Órgano Interno de Control de los municipios antes referidos, fueron instruidos a aplicar en el ámbito de su competencia la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a efecto de llevar a cabo los procedimientos de responsabilidad administrativas en relación a las observaciones que no fueron solventadas y que sean remitidas por el Órgano de Fiscalización Superior.

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