Confirma SRCDMX declaración de validez de la elección a la alcaldía Gustavo A. Madero en la Ciudad de México

Confirma SRCDMX declaración de validez de la elección a la alcaldía Gustavo A. Madero en la Ciudad de México

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, revocó parcialmente la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México que, entre otras cosas, modificó los resultados y confirmó la declaración de validez de la elección de la alcaldía Gustavo A. Madero.

Al dictar sentencia del juicio SCM-JRC-198/2021, el Pleno determinó que no se desprende razón alguna por la que el Tribunal local prescindió de la utilización de los listados nominales utilizados el día de la jornada electoral a efecto de verificar si las personas que refiere el Partido de la Revolución Democrática (PRD) formaban parte de la sección electoral en la que fungieron como integrantes de mesas directivas de casilla. No obstante, esta Sala Regional al requerir los listados nominales advirtió que, en el caso de tres casillas, las personas que fueron tomadas de la fila no aparecen en los listados, por lo que se debe decretar la nulidad de votación recibida en dichas casillas.

Respecto a que no se permitió votar a los representantes del PRD en diversas casillas, se señaló que fue correcta la determinación del Tribunal local al considerar que no obran hojas de incidentes o escritos de protesta que acrediten que se haya impedido el acceso a los representantes partidistas. Aunado a que correspondía al partido la carga de presentar los escritos de incidentes en los que se precisara la circunstancia relativa al impedimento de acceder a las casillas.

En consecuencia, la Sala Regional realizó la recomposición del cómputo, y confirmó la declaración de validez y entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el Partido del Trabajo y Morena. 

Se modifica resolución relativa a la elección del ayuntamiento de Ahuacuotzingo en Guerrero

La Sala Regional, por unanimidad, modificó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero que confirmó la validez de la elección del ayuntamiento de Ahuacuotzingo, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el PRD.

Al resolver el juicio SCM-JRC-196/2021, el Pleno concluyó que el Tribunal local dejó de resolver atendiendo las probanzas con que contó en el expediente, de lo que debió concluir que sí se acreditó que las personas funcionarias de casilla cuestionadas ostentaron cargos en un Comité Directivo Municipal del Partido Encuentro Solidario (PES) el día de la jornada electoral.

Sin embargo, contrario a lo referido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), no se advirtió que la presencia de las personas que ostentan cargos en el PES pudiera traducirse en una irregularidad de la trascendencia suficiente para llevar a la nulidad de la elección; dado que, en su caso, la supuesta irregularidad no tuvo afinidad o impacto sobre los partidos que obtuvieron el mayor número de votos; ni existió coalición entre dichos partidos y el PES (en relación con ninguna elección).

Asimismo, se mencionó que el PRI no aportó mayores argumentos o indicios encaminados a acreditar cómo es que ello pudo haber sido de tal gravedad que dé lugar a anular la votación de cada casilla.

Por tanto, se modificó la resolución impugnada a fin de que prevalezcan las consideraciones de la Sala Regional respecto del análisis de la causal de nulidad.

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