Uso del CFDI para asalariados
Uso del CFDI para asalariados
Para todas las personas físicas que en México perciben ingresos por el concepto de sueldos y salarios, deben cumplir con sus obligaciones fiscales en términos del artículo 98 de la Ley del ISR. Por lo que tienen la obligación de presentar su declaración anual cuando se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
- Cuando obtenga ingresos mayores a $400,000.00 pesos,
- Cuando haya prestado servicios a dos o más patrones de manera simultánea,
- Cuando deje de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año,
- Cuanto perciba ingresos por salarios de personas no obligadas a efectuar la retención,
- Cuando el trabajador comunique por escrito al patrón que presentara su declaración anual,
- Cuando se perciban ingresos por jubilación, pensión, liquidación o indemnización.
No olvidemos que el patrón es un responsable solidario al momento de realizar los pagos de prestaciones a los trabajadores, donde el mismo esta obligado a realizar el cálculo del impuesto en cada semana, catorcena, quincena o cada que efectué un pago a los trabajadores, con el objeto de retener el ISR generado por cada trabador y a su vez enterarlo al SAT conjuntamente con el pago provisional del mes en que esto ocurra.
Como podemos ver, la determinación y pago del ISR durante el ejercicio fiscal de cada trabajador al ser un procedimiento aplicado por el patrón, limita el derecho al propio contribuyente de considerar deducciones autorizadas, este derecho de poder hacer deducibles aquellos gastos que realiza durante el año es exclusivo para los conceptos establecidos en el artículo 151 de la LISR donde se contempla la existencia de las deducciones personales.
Las deducciones personales son de aplicación anual, por lo tanto, solo podrán disminuirse y considerarlas para el cálculo del ISR en la declaración anual de las personas físicas por los salarios y prestaciones gravadas que perciben.
Para que estas deducciones tengan valides deben reunir ciertos requisitos y entre ellos tenemos el uso del CFDI, para los comprobantes que amparan el gasto real, por lo tanto, para un contribuyente que tributa exclusivamente en el régimen de sueldos y salarios las claves para el uso del CFDI se limitan solo a los conceptos siguientes:
Por lo anterior, los usos de CFDI vinculados a la Adquisición de Mercancías, a los Gastos en General, a la Adquisición de Activos Fijos, corresponden a conceptos que no son deducibles para una persona física de régimen de sueldos y salarios, por lo tanto, estos conceptos al estar amparados con un CFDI, debe llevar la clave en el uso del CFDI Sin Efectos Fiscales (S01), pues no podrán darle un efecto fiscal que ayude a disminuir el pago del ISR en la declaración anual del trabajador.
Comentarios