Secretaría de Cultura, en apoyo a los derechos de los trabajadores del INBAL, gestiona Condiciones de Trabajo y prestaciones ante la SHCP
Todas las prestaciones pactadas institucionalmente cuentan con la opinión gremial
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y del compromiso presidencial de respetar y garantizar los derechos laborales de la base trabajadora, el 10 de junio la Secretaría de Cultura del Gobierno de México envió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) el proyecto de Condiciones de Trabajo, así como la solicitud de autorización y reconocimiento de las prestaciones que no habían sido registradas por las anteriores administraciones del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), organismo desconcentrado de la Secretaría de Cultura. Así mismo, conforme a la norma vigente, este documento se formuló con la opinión de las diferentes representaciones sindicales del Instituto.
Lo anterior fue resultado de las conversaciones, diálogos y gestiones que el INBAL ha realizado desde 2019 ante diversas instancias de sus órganos de gobierno y, sobre todo, como fruto de numerosas mesas de trabajo celebradas con los diferentes sindicatos que cuentan con reconocimiento de las autoridades laborales. Desde el inicio de la administración, el Instituto estableció como prioridad apoyar los derechos de las y los trabajadores y una mayor sostenibilidad financiera, toda vez que el no reconocimiento de una parte de las prestaciones impedía el pago puntual y recurrente al que tienen derecho, debido a que no está incluido dentro del presupuesto anual.
Debido a esta situación, el INBAL se veía obligado a utilizar parte de los ingresos propios o del presupuesto dedicado a servicios culturales para el pago de dichas prestaciones, las cuales fueron acordadas, solo internamente entre sindicatos y autoridades del Instituto durante las últimas décadas, sin haber procedido a su registro ante la autoridad hacendaria.
Por ello, y siempre en diálogo con las representaciones sindicales, quienes también manifestaron su opinión, se llevó a cabo, de manera participativa, la actualización y la elaboración de los proyectos de Condiciones de Trabajo del Personal de Base Académico, Artístico y Administrativo, Técnico y Manual, los cuales contemplan cada una de las prestaciones socioeconómicas acordadas y registradas de manera institucional.
Cabe señalar que la Secretaría de Cultura cuenta con condiciones propias de trabajo aprobadas y que el INBAL, al ser trasladado a ella desde la Secretaría de Educación Pública (SEP), a la cual pertenecía, debió actualizar sus condiciones de trabajo depositadas ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, de forma acorde a la nueva dependencia del Gobierno Federal, creada en 2015. Sin embargo, es hasta 2019 que se inicia ese proceso. Es por ello que el Instituto continúa trabajando coordinadamente con la Secretaría de Cultura y la SHCP para avanzar en la aprobación de las nuevas condiciones de trabajo y también en el trámite de esta autorización y reconocimiento de prestaciones, dado que la Secretaría de la Función Pública (SFP) emitió una observación respecto al pago de prestaciones no reconocidas.
Por ello, el INBAL, a través de su Subdirección General del Administración, mediante oficio SGA/121/2021, envió a la Secretaría de Cultura dichos proyectos de las condiciones de trabajo y prestaciones cuya regularización, además de brindar seguridad jurídica para su otorgamiento, subsanará, en caso de que así se autorice, el déficit presupuestal de aproximadamente $130 millones de pesos anuales, provocado por administraciones anteriores que omitieron dicha autorización ante las autoridades hacendarias.
Cabe señalar que, en el diálogo respecto del proyecto de Condiciones de Trabajo del Personal No Docente de Base del INBAL (Administrativo, Técnico y Manual), la única objeción presentada por parte de organizaciones sindicales ha sido en lo relacionado con la denominada "Herencia de plazas”, que se basa en dos minutas firmadas por autoridades en 1989 y que señalan que el Instituto contrate al familiar del trabajador que se jubile, pensione o fallezca en la plaza a pie de rama generada por la vacante. Esta práctica que, cabe informar, no se encuentra contemplada en las condiciones de trabajo legalmente depositadas y que estaban vigentes mientras el INBAL perteneció a la SEP, fue objeto de consulta y conciliación con las representaciones sindicales ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, debido a que corresponde a las autoridades laborales el marco legal de ingreso al servicio público.
Por otra parte, en cuanto al proyecto de Condiciones de Trabajo del Personal Académico de Base del INBAL, se respetaron todas y cada una de las prestaciones que estaban pactadas en las condiciones de trabajo de cuando el Instituto pertenecía a la SEP, antes de la creación de la Secretaría de Cultura, lográndose un proyecto de carácter general e incluyente para todo tipo de docente e investigador del Instituto, subsistiendo solamente las diferencias que tienen su origen en el carácter presupuestal de la plaza. Correspondencia que fue verificada por las representaciones sindicales durante las mesas de trabajo.
De la misma forma, con diálogo y conciliación, el proyecto de Condiciones de Trabajo del Personal Artístico de Base del INBAL, logró un consenso general de la mayoría de las y los trabajadores representados, quedando ya establecido en la normatividad que antes solo se contemplaba de manera interna, respetándose así, las observaciones puntuales que formularon durante la consulta.
Así, mediante oficio DGA/0660/2021 con fecha 10 de junio pasado, la Dirección General de Administración de la Secretaría de Cultura envío los tres proyectos de Condiciones de Trabajo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con lo cual se ha iniciado formalmente el proceso que busca subsanar la omisión que ha imperado desde 1981, brindando seguridad jurídica de todas las prestaciones a la base trabajadora del Instituto y una mayor sostenibilidad del mismo.
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